Pocas relaciones contractuales generan tantos reclamos como la que existe entre las personas y su isapre. Los últimos años trajeron cambios grandes: un fallo que obligó a recalcular los precios de los planes y una ley que fijó cómo se devuelve lo cobrado de más. Entender el mapa ayuda a saber qué se puede exigir.
El fallo y la deuda con los afiliados
A fines de 2022 la Corte Suprema ordenó a las isapres aplicar a todos los contratos la tabla única de factores (la que fija cuánto paga cada persona según edad y sexo) y devolver lo cobrado en exceso. Como eso significaba una deuda enorme, en 2024 se dictó la Ley 21.674, la llamada "ley corta": estableció que la devolución se hace en cuotas a lo largo de varios años, con plazos más cortos para las personas mayores, y permitió a las isapres ciertos ajustes de precio para no quebrar. Si tu contrato es anterior a esos cambios, es muy probable que tengas un monto a tu favor que la isapre debe informarte.
Las alzas anuales
Cada año la isapre puede proponer un reajuste del precio base del plan mediante una carta de adecuación. Ese reajuste debe cumplir las reglas y los topes que fija la Superintendencia de Salud y, cuando no está justificado, se puede reclamar: ante la propia Superintendencia o mediante un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones, que durante años ha dejado sin efecto miles de alzas. El recurso tiene un plazo de 30 días desde que se conoce el alza.
Coberturas, preexistencias y licencias
Otros reclamos frecuentes: el rechazo de una cobertura alegando una enfermedad preexistente no declarada, la negativa a cubrir prestaciones que están en el plan, y el rechazo o reducción de licencias médicas. Para las licencias existe una vía de apelación ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez y luego ante la Superintendencia; para las coberturas, el reclamo administrativo ante la Superintendencia y, en casos graves, la vía judicial. Las patologías con garantías GES tienen además plazos y coberturas mínimas que la isapre no puede ignorar.
Qué revisar en tu caso
- Las cartas de adecuación de los últimos años y si reclamaste alguna.
- La comunicación de la isapre sobre el monto de devolución por la tabla de factores.
- Los rechazos de cobertura o de licencias, con su fundamento escrito.
¿Qué significa para ti?
Si recibiste una carta de alza, no la archives: hay 30 días para reclamar y la experiencia muestra que muchas alzas no resisten un reclamo bien hecho. Si nadie te ha informado cuánto te devolverán por la tabla de factores, tienes derecho a pedirlo.
Ante un rechazo de cobertura o de licencia, pide siempre el fundamento por escrito. Con ese papel un abogado puede decirte en pocos minutos si conviene reclamar y por qué vía.
¿Tu isapre te subió el plan o te rechazó una cobertura?
Muchas alzas y rechazos se pueden reclamar. Revisamos tu caso y te decimos si vale la pena.
